Los EPP son indispensables para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ante la presencia de riesgos específicos que no pueden ser aislados o eliminados.
Los mismos deben ser provistos por el empleador y en algunas categorías tienen que estar certificados por IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación) o Internacional Quality Certifications y UL (Underwriters Laboratories).
Algunos ejemplos de EPPs son:
– Casco
– Protector Facial (protección de la cara) y Protección Ocular (anteojos, antiparras)
– Protección de los oídos (protección auditiva): Tapones endoaurales, auriculares cobertores.
– Protección de las extremidades inferiores (pies): zapatos, botines, polainas o botas de seguridad
– Protección de los miembros superiores (manos): guantes, mitones y mangas
– Protección respiratoria
– Indumentaria de Protección
– Arneses, cinturones de seguridad, amarres y dispositivos anticaídas.
En cuanto a la normativa a nivel nacional, existe la Resolución SRT 299/2011, la cual reglamenta la provisión de EPPs a los trabajadores. Para su cumplimiento se creo el formulario “Constancia de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal”, el cual es de uso obligatorio por parte de los empleadores y se debe completar un formulario por cada trabajador, en el que se registrarán las respectivas entregas de ropa de trabajo y elementos de protección personal.
Es importante capacitar a los trabajadores sobre los EPPs y cuales pueden ser las consecuencias al no utilizarlos.
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