En el día de la fecha se publicó en el B.O. de la Provincia de Buenos Aires la Resolución 872/2025.
La Autoridad del Agua creó el Registro de Usuarios del Recurso Hídrico, al que deberán acceder con carácter obligatorio las personas humanas, jurídicas, entidades y/u organismos públicos y/o privados que hagan uso o pretendan hacer uso del recurso hídrico, en el marco de la Ley 12.257 y su Decreto Reglamentario 3.511/2007.
Establece que el Usuario del Recurso Hídrico deberá informar a la Autoridad del Agua toda modificación que se produzca en relación a los registros a su nombre.
Además, aprobó los procesos de alta de operador; alta, modificación y baja de Usuario del Recurso Hídrico; y alta, modificación y baja de inmuebles o de áreas geográficas, conforme a las pautas establecidas en el Anexo I.
Para más información compartimos el link a la norma completa: https://noticias-librodar.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1585:registro-de-usuarios-del-recurso-hidrico-creacion&catid=34:novedades-legislativas&Itemid=54
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