En el día de la fecha se publicó en el B.O. de Nación la Resolución SRT 53/2025.
Esta norma modifica la Resolución 432/1999, en cuanto al procedimiento de homologación y visado de los exámenes médicos. Entre las modificaciones más relevantes, se pueden destacar:
- En caso de que el Empleador o la Aseguradora, según corresponda, decidan certificar las secuelas incapacitantes detectadas en los exámenes médicos en salud, deberán presentar una Solicitud de Intervención ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales pertinentes en razón de la competencia territorial.
- La certificación de los hallazgos detectados en los Exámenes Preocupacionales, Periódicos, Previos a un Cambio de Tareas, Posteriores a una Ausencia Prolongada y de Egreso, se llevará a cabo mediante el procedimiento de Visado o Fiscalizado, según corresponda:
- Visado: este trámite se realizará en aquellos casos en que las secuelas incapacitantes no requieran, para su comprobación, del examen físico del trabajador, sino que puedan ser corroboradas mediante la observación de estudios complementarios.
- Fiscalizado: este trámite se efectuará en aquellos casos en que las secuelas incapacitantes requieran, para su comprobación, del examen físico del trabajador”.
Para más información compartimos el link a la norma completa: https://noticias-librodar.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1593:manual-de-procedimientos-oficinas-de-homologacion-y-visado-examenes-medicos-en-salud-modifica-resolucion-4321999&catid=58:novedades-legislativas&Itemid=87
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