En el día de la fecha se publicó en el B.O. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Resolución Conjunta 1/2025 de la Subsecretaría de Ambiente y la Agencia de Protección Ambiental.
La presente Resolución sustituye el Anexo IX «Actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruido y vibraciones» del Decreto N° 740/07 por el Anexo que forma parte integrante de la misma.
Esta resulta aplicable a todas las solicitudes de inicio del procedimiento de inscripción en el Registro de Actividades Catalogadas como Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC), que ocurran con posterioridad a su entrada en vigencia como así aquellas solicitudes que se encuentren en curso y que se hayan iniciado conjuntamente con la solicitud de Certificado de Aptitud Ambiental a partir de la vigencia de la Resolución 103/2025.
Las inscripciones en el Registro de Actividades Catalogadas como Potencialmente Contaminantes por Ruidos y Vibraciones (RAC) emitidas con anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de la presente, mantienen el plazo de vigencia hasta su vencimiento, excepto que se realicen modificaciones que impliquen tramitar una nueva inscripción ante el mencionado Registro.
Para más información compartimos el link a la norma completa: https://noticias-librodar.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1557:contaminacion-acustica-actividades-catalogadas-como-potencialmente-contaminantes-por-ruido-y-vibraciones-modifica-decreto-7402007&catid=35:notas-tecnicas&Itemid=55
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