En el día de la fecha se publicó en el B.O. de la Provincia de Buenos Aires la Resolución 1.950/2025 de la Autoridad del Agua.
Establece la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico en los procedimientos administrativos de visados de planos, demarcación de línea de ribera, prefactibilidades, aptitudes y permisos, procedimiento sancionatorio, tasa de inspección de funcionamiento y control de calidad de efluentes y cualquier otra tramitación a gestionar ante la Autoridad del Agua, establecidas en las Leyes 10.474, 12.257, y sus normas reglamentarias y complementarias.
La obligatoriedad de lo dispuesto en la presente Resolución se dispone a partir del día de la fecha, tanto para los procedimientos administrativos que se inicien con posterioridad como para los que se encuentren en curso de ejecución.
Los sujetos obligados deberán constituir domicilio electrónico dentro de los servicios de notificaciones de la Ley 15.230 y del portal web Plataforma Administrativa Digital alojado en portal.gba.gob.ar, o el que en el futuro lo reemplace.
Para más información compartimos el link a la norma completa: https://noticias-librodar.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1600:autoridad-del-agua-procedimientos-administrativos-obligatoriedad-de-constituir-domicilio-electronico&catid=34:novedades-legislativas&Itemid=54
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