En el día de la fecha se publicó en el B.O. de Nación la 𝐑𝐞𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢ó𝐧 𝟑𝟗𝟑/𝟐𝟎𝟐𝟓 de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes.
La presente norma aprueba el procedimiento para obtener la autorización de 𝐢𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧 de los 𝐫𝐞𝐬𝐢𝐝𝐮𝐨𝐬 𝐧𝐨 𝐩𝐞𝐥𝐢𝐠𝐫𝐨𝐬𝐨𝐬 𝐯𝐚𝐥𝐨𝐫𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨𝐬 en los términos del artículo 6° del Decreto 1/2025, como Anexo I.
Se entiende como residuos no peligrosos valorizados a aquellos que hayan sido sometidos a una operación de valorización, a partir de la cual se obtengan materiales que serán utilizados como insumo para un proceso productivo determinado, o un producto de uso directo. Todo ello, sin perjuicio de las prohibiciones normativas existentes en materia de residuos no valorizados y de residuos peligrosos, así como de residuos valorizados que pretendan ser importados con fines de valorización energética, las que se mantienen.
Además, se aprueba el procedimiento para el tránsito por Territorio Nacional con destino a un tercer país, el procedimiento para la exportación de los residuos y el listado enunciativo de residuos no peligrosos, como parte de los Anexos II, III y IV respectivamente.
𝐏𝐚𝐫𝐚 𝐦á𝐬 𝐢𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢ó𝐧, 𝐭𝐞 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐚𝐫𝐭𝐢𝐦𝐨𝐬 𝐥𝐚 𝐧𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐥𝐞𝐭𝐚: https://noticias-librodar.com.ar/index.php?option=com_content&view=article&id=1555:residuos-no-peligrosos-valorizados-procedimiento-para-la-importacion&catid=34:novedades-legislativas&Itemid=54
𝐇𝐚𝐜𝐞 𝐜𝐥𝐢𝐜 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐥𝐢𝐧𝐤 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐞𝐫𝐟𝐢𝐥 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐨𝐜𝐞𝐫 𝐥𝐨𝐬 𝐝𝐞𝐭𝐚𝐥𝐥𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐧𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐥𝐞𝐭𝐚
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